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Resumen de obligaciones y personas

Sep 14, 2025

Overview

La clase repasó las fuentes, contenido y extinción de las obligaciones según el Código Civil, e introdujo el concepto de persona (natural y jurídica) y el inicio de la existencia legal.

Fuentes y contenido de las obligaciones

  • Las obligaciones pueden originarse en contrato, cuasi-contrato, delito, cuasi-delito o ley.
  • El contenido de una obligación puede ser "dar" (transferir dominio), "hacer" o "no hacer".
  • Para transferir dominio, la mera tenencia no es suficiente; se requiere la "tradición".
  • El derecho de prenda general permite al acreedor embargar bienes del deudor para satisfacer la deuda.
  • Diferencia entre transmisión (por sucesión al morir) y transferencia (entre vivos, individual).

Extinción de las obligaciones (artículo 1567 CC)

  • La resiliación es el acuerdo mutuo para dejar sin efecto una obligación.
  • El pago o solución consiste en cumplir la prestación debida (dinero, cosa, servicio).
  • La novación extingue la obligación por cambio de acreedor, deudor o prestación, creando una nueva.
  • La transacción es un acuerdo en juicio que sustituye la obligación original por una nueva.
  • La remisión es el perdón de la deuda por el acreedor.
  • La compensación ocurre cuando existen deudas equivalentes entre las mismas partes y se anulan mutuamente.
  • La confusión extingue la obligación cuando acreedor y deudor se reúnen en una sola persona.
  • La pérdida de la cosa debida extingue la obligación si no es por culpa del deudor.
  • La nulidad o rescisión extingue la obligación cuando falta un requisito de validez legal, requiere declaración judicial.
  • La condición resolutoria es un hecho futuro e incierto que puede hacer terminar la obligación si se cumple.
  • La prescripción extingue las obligaciones por el paso del tiempo sin ejercer el derecho.

Personas en derecho civil

  • Personas naturales: todos los individuos de la especie humana, sin distinción (art. 55 CC).
  • Personas jurídicas: entidades colectivas con personalidad propia, independientes de sus miembros (ej: empresas, fundaciones).
  • El derecho reconoce solo como personas a todos los humanos, para garantizar igualdad y derechos fundamentales.

Inicio y término de la existencia de la persona

  • Existencia natural comienza con la concepción (unión de óvulo y espermatozoide).
  • Existencia legal comienza con el nacimiento (separación y vida independiente, aunque sea un instante).
  • Desde la concepción hay capacidad de goce (ser titular de derechos y obligaciones).
  • Si el concebido no nace vivo, se entiende que nunca existió legalmente.
  • Hay derechos activos antes del nacimiento, como la protección del que está por nacer.

Key Terms & Definitions

  • Resiliación — Acuerdo mutuo para dejar sin efecto una obligación.
  • Novación — Extinción de una obligación por la creación de una nueva, cambiando acreedor, deudor o prestación.
  • Compensación — Extinción de dos deudas iguales entre las mismas partes en sentido contrario.
  • Confusión — Extinción de la obligación cuando acreedor y deudor se reúnen en una sola persona.
  • Existencia natural — Comienza con la concepción.
  • Existencia legal — Comienza con el nacimiento y sobrevivencia, aunque sea un instante.
  • Persona natural — Individuo de la especie humana.
  • Persona jurídica — Entidad colectiva con personalidad legal propia.

Action Items / Next Steps

  • Leer las clases 6 a 9 y el texto de Gonzalo Figueroa sobre la definición de persona.
  • Revisar diapositivas complementarias subidas por la profesora.
  • Preparar preguntas sobre derechos del concebido y efectos legales del nacimiento para la próxima clase.