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Cesión de créditos a un fondo buitre

buenos días bienvenidos y bienvenidas a un nuevo vídeo hoy os quiero hablar sobre de la cesión de ricos a un fondo buitre una práctica que ha hecho muchísimas entidades bancarias sobre todo aquí sobre todo aquellas que estuvieron más expuestas a otorgar préstamos hipotecarios de dudoso cobro y pues se ha producido digamos una venta de los créditos hipotecarios pues a fondos de inversión que evidentemente no tienen ni mucho menos las mismas intenciones por ejemplo que un banco y éste quieren cobrar en la totalidad de la deuda pero siempre habiendo ahorrado muchísimo menos por ella entonces el primer punto es que es la cesión de gritos por fondos buitre ya un poco en la introducción se ha visto pues es digamos la la venta la cesión que hace un acreedor en este caso la entidad bancaria en el caso de las préstamos hipotecarios dados por entidades bancarias a personas particulares que ahora esas personas ven que el dinero se lo deben a la entidad bancaria con la cual suscriben el préstamo sino que eso lo deben a un fondo de inversión oa una entidad distinta de aseos entonces qué derechos tiene el deudor hipotecario evidentemente tiene un derecho a ser informado de esta situación tiene un derecho que le asiste la ley a que se le notifique el estado de su crédito hipotecario en este sentido pues la entidad bancaria debe informar al deudor hipotecario para que conozca esa nueva situación y ya le vengo al segundo punto partir porque no tiene derecho a ser informado y después tiene esto es muy importante el derecho de retracto que es el derecho de retracto bien pues si la entidad bancaria mente mi deuda un fondo de inversión por ejemplo yo digo cien mil euros mire una forma en tenida al fondo de inversión pues yo tengo el derecho a adquirir mi deuda valga la redundancia es decir a pagar los veinte mil euros ya que miden las extinguidas decir tengo el derecho para el mismo precio por vídeo al que pagó ese fondo de inversión o esa entidad distinta a la cual ahora yo le debería el montante total de la hipoteca ya que insisto suscribir con él la entidad bancaria de acuerdo esto damos la regulación 535 en el código civil español de acuerdo se tienen nueve días desde que nos notifican correctamente es decir nos tienen que notificar muchas veces ha habido una carta enviada o informativas y unas en la cual se enmascaraba la notificación fehaciente que establece el código civil para que esto se explique todos sus efectos y el tema derecho quedarme en la deuda por el mismo precio que ha pagado ese fondo de inversión esa entidad distinta a la cual no le debe el dinero y evidentemente pues esto lo quería apuntar yo es necesaria una cierta liquidez es decir es necesario pues tener que tener el dinero para poder abonar el mismo precio que abonaba el fondo de inversión de acuerdo si yo no tengo dinero suficiente o no ejercer el derecho de retracto tengo exactamente los mismos derechos que tenía como deudor hipotecario que si hubiera suscrito el préstamo con la entidad bancaria acuerdo había un sentencias de juzgados de primera instancia que lo que han declarado ha sido que debido a que no se notificó correctamente esta sesión de crédito el banco no tiene el derecho a la ejecución hipotecaria es decir a desahuciar a esa persona porque la deuda ha sido vendida a un fondo de inversión de acuerdo entonces yo tengo los mismos derechos que tendría con la entidad bancaria y por último me vengo al tercer punto hay una cláusula que han establecido que establecieron muchas entidades bancarias de acuerdo a las escrituras de los contratos establecía que el deudor hipotecario renunciaba a ser notificado en caso de que su crédito fuera cedido a otra entidad distinta evidentemente yo le ha querido plantear desde una pregunta este tercer punto es válida la cláusula de renuncia al derecho a ser informado no es no es válida es nula de pleno derecho siempre y cuando cuidado y se habla en otros vídeos pues haya una falta de transparencia una falta de información manifiestas es decir el banco no me ha informado debidamente de aquellos aquellas situaciones de hecho que se producen debido a una actuación que a mí me es ajena y abro un paréntesis muy muy rápido os sorprenderá a muchos de vosotros pero el cliente no tiene que utilizar esta sesión simplemente se tiene que notificar a la desvalida de la cesión sin que un cliente en autorice de esa cesión entonces en clase de transparencia información evidentemente esa cláusula ya tiene visos de no poder despegar sus efectos también produce un desequilibrio muy importante entre los derechos y las obligaciones que asumen las partes en esa cesión al único que perjudica es al cliente al deudor hipotecario porque importante debería cien has vendido un vídeo de hipotecaria por 20 e incluso lo que han alegado muchos bancos decide horas como veintitantas de unas juntas no puedes individualizar aquella concreta en el programa del deudor es el problema del banco que el director de estudio de esa deuda concreta por cuanto ha sido traspasado por cuando ha sido dirigida en este caso y por último existe el artículo 86 del texto refundido por el cual se aprueba la ley general para la defensa de los consumidores usuarios en este caso yo me quiero centrar en el caso de que seamos consumidores de acuerdo un profesional que está más poco clara artículo 86 de la ley general gracias a los 2.000 usuarios lo que establece es que hay de esos que son irrenunciables entonces el deudor hipotecario como consumidor no puede renunciar a un derecho que le asiste de acuerdo con los derechos evidentemente en ese sentido se consideran cláusula abusiva aquella cláusula por la cual el consumidor se prive de sus propios derechos entonces evidentemente no sería válida destacado sólo de acuerdo entonces cualquier persona que tenga la sensación de que su préstamo conozca la realidad que se ha vendido a un fondo buitre que sepa que tiene estos derechos y que judicialmente pues también se puede instar si no nos informaron debidamente de tranco si se tiene dinero suficiente y que se sepa que se tienen exactamente los mismos derechos como deudor hipotecario muchísimas gracias por la atención y nos vemos en futuros vídeos